Una creciente cantidad de reclamos de usuarios encendió la polémica alrededor de los mecanismos de cobranza utilizados por Mercado Pago. Personas con préstamos o saldos pendientes aseguran que la empresa, mediante estudios jurídicos y agencias tercerizadas, comenzó a comunicarse con familiares, amigos y contactos laborales para intentar ubicar a quienes mantienen deudas.
Las denuncias, difundidas principalmente en redes sociales, apuntan a que los mensajes y llamados no se limitarían al titular del crédito, sino que alcanzarían a terceros que no forman parte de la obligación económica. Los usuarios calificaron la situación como una forma de presión indebida y cuestionaron el uso de sus datos personales.
Uno de los testimonios que tomó mayor repercusión fue el de un usuario identificado como Agustín Minnig, quien publicó capturas de mensajes y afirmó: “Mercado Pago viene llamando a contactos míos que nunca estuvieron asociados en mi cuenta. Hago el reclamo y dicen que ellos tienen potestad de llamar a mis contactos que agarran de mi teléfono móvil”.
Además, aseguró que las comunicaciones fueron reiteradas: “Los llaman seis veces por día, pero en ningún momento me llaman a mí”, expresó en su publicación.
Según los relatos compartidos por distintos usuarios, las llamadas y mensajes habrían llegado a personas del entorno que no tenían relación con el préstamo. En algunos casos, los denunciantes aseguran que se habrían mencionado detalles vinculados a la deuda, generando preocupación por una posible exposición de información privada.
Uno de los casos señalados fue el contacto a una exjefa de un usuario, pese a que —según explicó— esa persona no figuraba como parte de sus contactos asociados a la cuenta ni tenía responsabilidad alguna sobre la deuda.
“Una persona que alguna vez recibió una transferencia no puede transformarse en responsable de una obligación ajena”, cuestionaron usuarios en redes sociales, donde se multiplicaron los pedidos para revisar los métodos utilizados por las empresas de cobranza.
Abogados especializados en defensa del consumidor remarcaron que las empresas tienen derecho a reclamar pagos pendientes, pero deben hacerlo respetando la normativa vigente.
El artículo 8 bis de la Ley de Defensa del Consumidor establece que los proveedores deben garantizar un trato digno y prohíbe métodos que impliquen intimidación, hostigamiento o situaciones vergonzantes para los consumidores.
Además, especialistas señalaron que la Ley de Protección de Datos Personales establece límites sobre la utilización de información privada y cuestionaron que terceros puedan recibir datos relacionados con una deuda sin consentimiento.
“Cobrar una deuda no habilita a cualquier tipo de práctica. El reclamo debe estar dirigido al titular y dentro de los canales correspondientes”, explicaron abogados consultados en diálogo con TN.
Desde el sector legal señalan que, aunque las empresas suelen contratar estudios externos para gestionar deudas, la responsabilidad no desaparece cuando esos intermediarios actúan en nombre de la plataforma.
“Si una empresa terceriza una tarea, también debe controlar la forma en que se realiza”, indicaron especialistas, al analizar la situación denunciada por los usuarios.
La discusión ahora gira en torno a si los mecanismos utilizados por algunos gestores de cobro respetan las normas de privacidad y defensa del consumidor. Mientras tanto, los reclamos continúan creciendo y varios usuarios aseguran que evalúan realizar presentaciones ante organismos de protección al consumidor y la Justicia.
fuente: adnsur




